• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANA MARIA FERRER GARCIA
  • Nº Recurso: 3464/2021
  • Fecha: 31/05/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Derechos que integran la tutela judicial efectiva. El ius ut procedatur que asiste a la víctima de un delito no se agota en un mero impulso del proceso o una mera comparecencia en el mismo, "sino que de él derivan con naturalidad y necesidad los derechos relativos a las reglas esenciales del desarrollo del proceso. No ha lugar a acordar la nulidad del juicio. Acusación particular fue declarada desistida ante la incomparecencia del letrado que había solicitado asistir telemáticamente con apoyo en el art. 14 de la Ley 3 /2020 de 18 de septiembre, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia. El letrado sabía que se la había denegado la solicitada asistencia telemática, estaba convocado para asistir a las sesiones del juicio oral, y decidió unilateralmente no hacerlo, sin haber llegado a justificar causa que impidiera su desplazamiento. No puede hablarse de indefensión, cuando la misma, de haber existido, derivo de su propio comportamiento.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: GREGORIO RUIZ RUIZ
  • Nº Recurso: 8228/2022
  • Fecha: 31/05/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Oviedo
  • Ponente: CATALINA ORDOÑEZ DIAZ
  • Nº Recurso: 602/2023
  • Fecha: 31/05/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: INCAPACIDAD PERMANENTE
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Almería
  • Ponente: MARIA SOLEDAD BALAGUER GUTIERREZ
  • Nº Recurso: 47/2023
  • Fecha: 31/05/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Audiencia confirma la condena de uno de los acusados de ser autor de un delito de robo con violencia en casa habitada y uso de armas pero absuelve al otro inicialmente condenado por los mismos hechos. En el recurso se cuestionaba la sentencia de instancia invocando el error en la valoración de la prueba e infracción de la presunción de inocencia dado que la prueba para determinar la participación de los acusados era insuficiente. El tribunal expone los principios que conforman la presunción de inocencia y la valoración probatoria como medio de elusión de aquella. A tal fin se analiza el valor como prueba de los vestigios de ADN identificados por la policía en el vehículo en el que aparecieron los objetos sustraídos, estimando que sobre los mismos puede construirse una prueba indiciaria suficiente. Además, se valora el testimonio de vecinos que observaron a los acusados una vez fuera del inmueble en el que se perpetró el robo. Valor de la prueba pericial que suponen los informes de los técnicos de la policía científica. Apreciación del principio in dubio pro reo respecto de uno de los acusados. Atenuante de dilaciones indebidas como muy cualificada que se descarta.
  • Tipo Órgano: Juzgado de lo Social
  • Municipio: Valladolid
  • Ponente: MARIA JOSE PEREZ SEVILLANO
  • Nº Recurso: 495/2022
  • Fecha: 31/05/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: ORDINARIO
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Burgos
  • Ponente: MARIA BEGOÑA GONZALEZ GARCIA
  • Nº Recurso: 383/2022
  • Fecha: 31/05/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: RESPONS. PATRIMONIAL DE LA ADMON.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Málaga
  • Ponente: ERNESTO UTRERA MARTIN
  • Nº Recurso: 10/2023
  • Fecha: 31/05/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Málaga
  • Ponente: HIPOLITO HERNANDEZ BAREA
  • Nº Recurso: 413/2023
  • Fecha: 31/05/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Siendo firme la sentencia que da por resuelto el contrato de alquiler con opción de compra y, por tanto, la obligación de desalojo por parte del ocupante, este plantea un incidente de vulnerabilidad a fin de suspender el lanzamiento. La Audiencia considera que la resolución sobre ese incidente que ha dictado el juez de primera instancia no es apelable. 1) Porque la legislación que regula tal incidente no prevé recurso de apelación; 2) porque este no sería un Auto definitivo, según las normas de la LEC, pues no pone fin al procedimiento, que seguirá con el lanzamiento (art. 393-5 LEC ); 3) porque en casos similares como de prejudicialidad penal sólo se puede apelar cuando se acuerda la suspensión del procedimiento. No siendo el ejecutante un gran tenedor, la respuesta habitacional del ocupante lanzado deberá de recibirla de los Servicios Sociales correspondientes.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANGEL NOVOA FERNANDEZ
  • Nº Recurso: 1400/2022
  • Fecha: 31/05/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: En el contexto del COVID 19 y las medidas urgentes extraordinarias adoptadas para hacer frente a su impacto económico y social en relación con las pérdidas producidas en el aprovechamiento de un contrato de concesión, se alega la arbitrariedad de la Administración por cuanto, ante dichas pérdidas, aquélla opta por la ampliación de la duración del contrato en lugar de alguna de las alternativas de compensación previstas legalmente para restablecer el equilibrio económico. La apelación decae en tanto que la Administración optó legítimamente por la ampliación de la duración inicial del contrato hasta un máximo de un 15 por 100, y porque, de un lado la propuesta de reequilibrio realizada por la recurrente no vincula a la Administración, y de otro, el modo de restablecer el equilibrio económico del contrato propuesto por la actora no era una opción prevista entre las ayudas por el menoscabo de la actividad. No hay enriquecimiento injusto pues la Administración en cuestión no es deudora de la cantidad que se reclama, pues tal deuda no existe.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: FRANCISCO JAVIER PEREDA GAMEZ
  • Nº Recurso: 961/2022
  • Fecha: 31/05/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Leopoldo presentó demanda ejecutiva en la que, entre otras, pedía el desalojo de la vivienda familiar ocupada por la ejecutada, por finalización del plazo de uso de la vivienda familiar. Despachada la ejecución, la ejecutada se opone entre otras cosas, porque refiere la existencia de un arrendamiento verbal con pago de 450 euros al mes. La resolución recurrida entiende que los motivos alegados no están legalmente previstos para oponerse a la ejecución, considerando que no se ha acreditado la existencia de contrato de arrendamiento y ordena seguir adelante la ejecución. Señala la Sala que en la apelación se discute solo si se ha extinguido el derecho de uso y si procede o no el lanzamiento. Dice que, a tenor de la interpretación del convenio, la continuidad en el uso se basaba en la peor situación económica de la mujer, con la colaboración en el pago de la hipoteca y con un término final sobre el derecho de uso( hasta el 31 de octubre de 2019) con posibilidad de suscribir un contrato de arrendamiento, si dos meses antes la esposa quisiera prorrogar su estancia en el domicilio. En el recurso de apelación, el esposo reitera que viene percibiendo una cantidad de 450 euros al mes que la ejecutada considera renta y que la Sala pese a que el apelante la imputa a los gastos de uso pero también al pago de parte de la hipoteca, considera que es una contraprestación que legitima la ocupación e impide el lanzamiento. Se estima la oposición a la ejecución de la esposa.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.